A- de 2025
Ponente Carlos Camargo Assis
✓Demandante Eizaga Chirinos Valeria Valentina Y Otros·Demandado Megabus Sa Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración de cosa juzgada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil del Circuito de Pereira y el Juzgado 001 Administrativo de la misma ciudad, ocasionado por una demanda en ejercicio del medio de control de reparación directa, instaurada por unas ciudadanas, contra las sociedades Megabús S.A., Integra S.A. y Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A.S., con el fin de que se declare la responsabilidad solidaria de las entidades y se ordene la reparación de perjuicios, por las lesiones que sufrió una de ellas en un bus en movimiento.
Al revisar el cumplimiento de los requisitos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que esta Corporación, mediante Auto del 2 de abril/25, dirimió un conflicto en el que, con el presente, hay identidad de partes, identidad de objeto e identidad de causa, con lo que evidencia la configuración de la cosa juzgada.
En dicha oportunidad, la Corte resolvió el conflicto suscitado y asignó la competencia a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil.
La Corte resuelve estarse a lo resuelto en Auto 437 del 2 de abril/25.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO por la Corte Constitucional en el Auto 437 de 2025, en la cual se decidió que la competencia para conocer de este asunto correspondía a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7167 al Juzgado 002 Civil del Circuito de Pereira para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 001 Administrativo de Pereira, a los sujetos procesales e interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.